El controvertido Proyecto
de Ley 529, aprobado en tercer debate por la Asamblea Nacional de Diputados y
sancionado recientemente por el Presidente de la República, Ricardo Martinelli,
se convirtió en la Ley 72, de 19 de octubre de 2012, que sustituye el Decreto
de Ley 18, de 17 de junio de 1948, que creó la Zona Libre de Colón, hace más de
64 años.
Desde sus inicios, el
Proyecto de Ley 529 representó una extraordinaria oportunidad para la actual oposición
política panameña que, más por aprovecharse de la coyuntura para desacreditar y
desestabilizar al gobierno del Presidente Martinelli que por un genuino interés
nacionalista o por el futuro de los colonenses, despertaron malsanamente las
suspicacias de una parte de la población colonense y a nivel nacional. Y, como siempre, han sido apoyados irresponsablemente
por grupos de la llamada Sociedad Civil, por algunos medios de comunicación (que
solo responden a los intereses de sus dueños que, también, se creen dueños de
Panamá) y por los grupos de presión de la extrema izquierda panameña (que se
especializan en pescar en río revuelto para buscar la notoriedad que no han sabido
ganarse entre el pueblo). Sin embargo, ya
casi todos en Panamá conocen los verdaderos intereses que mueven sus protestas
y actividades, disfrazadas de falso patriotismo. Lamentablemente, todavía hay muchos panameños que no invierten tiempo en informarse
adecuadamente y opinan contundentemente sobre temas que no conocen, teniendo
como únicas fuentes de información los chismes sembrados maliciosamente por “periodistas”
sin escrúpulos, algunos medios de comunicación que solo defienden los intereses
políticos y económicos de sus propietarios, partidos políticos que quieren
llegar al poder sin importar el precio, políticos desalmados que ven la
política como un lucrativo negocio y grupos oportunistas que se alían a los anteriores
con el único fin de obtener provecho promoviendo inestabilidad y la inseguridad.
La nueva Ley 72, además
de subrogar el Decreto de Ley No. 18, de junio de 1948, que normaba los
destinos de la Zona Libre de Colón, también introduce dos cambios fundamentales,
al permitir la venta de los terrenos a los usuarios de la zona franca y al
establecer un fideicomiso con el 35 % de los ingresos extraordinarios,
provenientes de la venta de los terrenos, para uso exclusivo en proyectos de
interés social, a través de la Comisión de Evaluación de Proyectos de Colón. Sin embargo, hay que resaltar que la compra de los terrenos de la Zona Libre
es completamente voluntaria, o sea, los usuarios no están obligados a
comprar, quedando amparados por el contrato de arrendamiento vigente.
La introducción de estas
modificaciones en la Ley 72 obedece a que en otras zonas francas del mundo existen
las opciones de alquiler o compra de los terrenos, que permite a los usuarios hacer
más inversiones en mejoras y construcción de infraestructuras para ampliar y hacer
más eficientes sus operaciones comerciales.
Esto no era posible bajo el Decreto de Ley No. 18, lo cual restaba
competitividad a las empresas establecidas en nuestra zona franca y podía
causar la migración de muchas empresas de importancia estratégica a otras zonas
que ofrecen esta posibilidad. Seguir con
la vieja ley habría debilitado las operaciones y proyecciones de la Zona Libre
de Colón y causado la reducción significativa de la fuerza laboral. Al fin y al cabo, los propietarios de estas
empresas no podrán llevarse estos terrenos para sus países de origen y sus
operaciones están sujetas a estrictas regulaciones aplicadas por los
administradores de este emporio comercial, funcionarios del Estado panameño.
Por otro lado, el
arrendamiento actual de los terrenos de la Zona Libre de Colón produce anualmente
unos 33 millones de Balboas de los que la provincia de Colón no recibe ni un
centésimo. Por el contrario, con la
recién aprobada Ley 72, se proyecta que la venta de los terrenos generará unos 2 mil millones de Balboas en 20 años,
de los que el 35 % (alrededor de 700 millones de Balboas) revertirá a la
provincia de Colón (unos 35 millones anuales), beneficiando a miles de familias
colonenses a través de proyectos de interés social. ¿Acaso no es esto maravilloso? ¿No hubiera sido una tragedia para los
colonenses y una falta de sensibilidad social del gobierno actual haber descartado
esta oportunidad? Los colonenses conscientes,
que son mayoría, así como el pueblo panameño en general deben defender la nueva
Ley 72 y manifestar abierta y
pacíficamente su apoyo irrestricto a la implementación de la misma. Hay muchas maneras para que la ciudadanía
demuestre este apoyo sin recurrir a las
confrontaciones y la violencia entre panameños, que es lo que la oposición,
algunos medios, algunos miembros de la llamada Sociedad Civil y otros pequeños
grupos de malos panameños desean. No les
importa que esto pudiera terminar en un gran baño de sangre, con tal de
desestabilizar al gobierno actual y afectar la imagen internacional de Panamá,
para alcanzar sus egoístas objetivos políticos y económicos y tomarse el país. Ya hay una víctima fatal (un niño inocente) y
varios heridos de bala, entre policías y civiles. Los instigadores deben detener inmediatamente
estas peligrosas y criminales prácticas y el gobierno deberá investigar a fondo
estos hechos hasta dar con los culpables.
Los que se oponen a la
Ley 72 también tratan infructuosamente de plantar dudas en la población
panameña sobre la transparencia del fideicomiso, indicando que el gobierno del
Presidente Martinelli, que está a unos dos años de concluir, se robará el dinero, sabiendo que la generación
de estos fondos es un proceso paulatino programado que tomará veinte años en
completarse. Además, la Ley 72 explica
claramente cómo se usarán estos fondos y el Ejecutivo no interviene ni tiene
nada que ver en el procedimiento de uso.
Se presentan, a continuación, los artículos claves de esta Ley,
relacionados con el fideicomiso del 35 % de los fondos generados con la venta
de los terrenos, para que el lector tenga la oportunidad de informarse
directamente de la total transparencia que habrá en su manejo y no se dejen
llevar por la información falsa y maliciosa implantada, lastimosamente, por
panameños que solo desean apoderarse del país, aunque para ello tengan que
destruirlo.
Artículo 5. La Zona Libre
de Colón está sujeta a la vigilancia e inspección del Órgano Ejecutivo y la fiscalización de la Contraloría
General de la República en los términos que se establecen en la Constitución y la Ley.
Artículo 6. La Zona Libre de Colón, como
institución del Estado,
está libre del pago
de todo impuesto, contribución, tasa,
gravamen o derecho nacional, provincial o de cualquier otro orden; y en las actuaciones judiciales en que sea parte, gozará de todas las facilidades que conceden al Estado, las leyes procesales.
Artículo 9. (Presenta un
glosario de términos utilizados en la Ley 72, debidamente explicados, para total
transparencia). A continuación, se
listan los términos definidos, relacionados con el fondo de fideicomiso.
6. Comisión de Evaluación de
Proyectos de Colón.
7. Fideicomiso.
8. Ingresos extraordinarios.
9. Ingresos operacionales.
Artículo 10.
El 20% de los
ingresos operacionales anuales
que obtenga la Zona Libre de Colón será incorporado en
el presupuesto de la
institución y su uso
será exclusivamente
destinado al programa de inversiones y
mantenimiento de esta área.
De los ingresos extraordinarios que
perciba la Zona Libre de Colón, el 35%
será destinado para el desarrollo de proyectos de interés
social en la provincia de Colón, los cuales serán depositados en el fideicomiso creado para tales
efectos. Los fondos restantes deberán
ingresar a la cuenta del Tesoro Nacional.
Artículo 11. Los fondos
del fideicomiso, solo
podrán ser utilizados
para el desarrollo
de proyectos de interés social en la
provincia de Colón aprobados por la Comisión de Evaluación de Proyectos de Colón. El fideicomiso será de carácter irrevocable,
se escogerá a un fiduciario que cuente con
la licencia respectiva
emitida por la
Superintendencia de Bancos
de Panamá. El fideicomitente será la Zona Libre de
Colón y el Ministerio de Economía y Finanzas.
El
fideicomiso será de
administración,
fiscalización y pago.
Todos los pagos
de los proyectos serán ejecutados por medio de
instrucción de orden de pago al fiduciario, previa aprobación de la entidad técnica
y ejecutora a la que
le corresponda el
proyecto, el Ministerio de
Economía y Finanzas y
el refrendo de
la Contraloría General
de la República.
Dentro de las responsabilidades que
serán irrevocables para
el fiduciario estarán:
la verificación de los documentos necesarios para cada pago,
la administración y fiscalización de los activos.
Los
proyectos que serán financiados
a través de
los fondos dados
en fideicomiso deberán
ser previamente ingresados en el Sistema Nacional de Inversiones
Públicas, para efectos de control estadístico. Dichos proyectos no requieren la
aprobación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas y serán presentados
ante este a medida que sean aprobados por la Comisión de Evaluación de
Proyectos de Colón.
El fiduciario deberá presentar ante la Comisión de
Evaluación de Proyectos de Colón
informes semestrales sobre
la administración del
fideicomiso, los rendimientos
y los avances
de la ejecución de
los proyectos. Dicho
informe deberá ser
remitido al Ministerio
de Economía y Finanzas y la Contraloría General de
la República.
Los fondos
dados en fideicomiso, los
proyectos y procesos
de selección de contratista
estarán sujetos a la fiscalización y control previo de la Contraloría
General de la República.
Artículo 58.
De los ingresos
que se obtengan
producto de la
venta de bienes
inmuebles, propiedad de la Zona Libre de Colón, el 35%
será destinado para el desarrollo
de proyectos de interés social en la provincia de Colón. Dichos ingresos serán depositados en fideicomiso, que será
creado al efecto
por la Zona
Libre de Colón y
el Ministerio de
Economía y Finanzas
al momento de la promulgación de la
presente Ley.
Artículo 59. Los proyectos a ser financiados a través de los fondos en fideicomiso deberán ser seleccionados previamente por la
Comisión de Evaluación de Proyectos de Colón, a través de un acta
debidamente motivada. El
quórum mínimo requerido
para sesionar será del 75% de la totalidad de los miembros que lo conformen.
Cada miembro tendrá derecho a un
voto y podrá delegar a un suplente para que lo
represente ante la Comisión. Para
seleccionar un proyecto, se deberá contar por una aprobación
mínima del 75% de la totalidad de los
miembros.
Cada proyecto deberá
contar con un informe de factibilidad que
incluya los criterios técnicos, financieros y operativos.
Los contratistas deberán ser escogidos de conformidad a los procesos
de selección de
contratistas que establece
la legislación vigente
en materia de
contratación pública.
Artículo
60. Todo
ciudadano panameño tendrá
la potestad de presentar proyectos
de interés social en la provincia
de Colón, ante
la Comisión de
Evaluación de Proyectos
de Colón, debidamente sustentados,
para su evaluación y financiamiento a través del fideicomiso.
Para leer el texto
completo de la Ley 72, de 19 de octubre de 2012, ver el siguiente enlace: http://www.slideshare.net/Incsanne/ley-n-72-de-19-de-octubre-de-2012. Es
responsabilidad de todos los panameños informarse objetivamente sobre los temas
nacionales para poder opinar con conocimiento de causa y no dejarse engañar por
malos panameños a quienes solo interesa su propio beneficio, por encima de
Panamá y el pueblo panameño…
3 comentarios:
de verdad gracias por explicar la verdadera situación de panamá, es increíble que el terrorismo mediático es lo peor, cne en español se pone de lado del interés del capitalismo y no explica nada lo que sucede en realidad, pero gracias al Internet y pesonas como usted podemos ver el otro lado de la moneda y entender lo que sucede en realidad
Totalmente de acuerdo, he tratado de crear conciencia a traves del facebook, twiter, mis contactos de gmail y hotmail, llamando a la cordura y a identificar esos malos panameños, pero la violencia seguira y aumentara ante la indolencia nuestra. Somos irresponsables y complices si seguimos permitiendo estos viles engaños de la oposicion, la ultraizquierda, mal llamada soc. civil, fuerzas oscuras, etc. etc.
Hola Pablo, la democracia panameña está en peligro pues hay malos panameños que se aprovecharon de todo en la dictadura militar y quieren seguir así. No les importan los medios ni si tienen que pasar por encima del pueblo panameño y Panamá. Dios nos ayude, pero el pueblo panameño consciente debe manifestarse por cualquier medio pacífico en apoyo a nuestra democracia y nuestra estabilidad...
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